Ideología de género y mediocridad en la Ley Celaá. La educación en peligro.

Dos son los pilares sobre los que todo el encofrado de la ley Celáa, como si se tratara de un templo de la posmodernidad, se apoya. La ideología de género y la mediocridad en la educación. Veámoslo.

En primer lugar, en la exposición de motivos que impulsan esta modificación de la LOMCE se subraya continuamente el concepto de inclusión. Hemos podido ver en la televisión a la señora Ministra diciendo que esto consiste en que todos puedan trabajar al final de sus estudios. Ni caso. Podemos rastrear en la exposición de motivos cómo el concepto de inclusión se debe siempre que lo deja claro, a la exposición pública de la sexualidad de cualquier tipo y al mismo nivel. Asimismo, en el propio articulado se ve reflejado de un modo claro qué quieren decir con el término “inclusivo”, y tiene que ver con lo que estamos diciendo. Tampoco es algo nuevo, pues las leyes han ido recogiendo el respeto a la diversidad y la lucha contra la violencia dentro del matrimonio y otras relaciones sentimentales hombre-mujer. Entonces, para dejar claro a qué nos referimos, pondremos un ejemplo:

Artículo 1. Letra l. Lo expuesto en la Ley Orgánica de Educación (de Zapatero), no modificada en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (de Rajoy), es lo siguiente:

l) El desarrollo, en la escuela, de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.

Más allá de cómo cuelan el término marcado “violencia de género” para esconder la violencia exclusiva de un hombre hacia una mujer cuando hay una relación sentimental, no hay mucho que reprochar. Aunque podríamos ahondar discutiendo el concepto de “igualdad efectiva entre hombres y mujeres”. Sin embargo, saltándonos esos escollos, veamos la redacción actual.

l) El desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivosexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa.

Aquí ya se hace explícito y se ahonda en qué es lo que hay que desarrollar o debe desarrollar el profesor en el aula o en el centro, o qué debe impulsar el centro (por otro medios, como charlas de personas que no son expertas en nada, pero aleccionan sobre sexualidad a niños que ni conocen ni desean conocer). Hasta esta ley, la lectura era más abierta y cada profesor que se vea obligado a impartir algún tema de sexualidad, parecía libre para adoptar un punto de vista, porque además, estaba centrado en la violencia, nunca deseable. Ahora, sin embargo, ya no es una educación en la paz o en el amor entre personas, sino que que hay que “desarrollar el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar”. Es decir, ahora, aquello que a tantas personas, unas por fe, otras por doctrina,otras por lógica y razón le puede parecer perverso, debe respetarla, y si no, el centro educativo debe transformar sus valores para que respete. Esto es un ataque a la libertad fundamental de pensamiento que como personas tenemos, no como ciudadanos. Aquí el Estado se está sobrepasando en sus funciones. Aquellos que acusan de fascista a lo que no conoce deberían mirarse en el espejo. Y pasemos al otro pilar.

La mediocridad. Igualmente que en el caso anterior, tanto en la exposición de motivos como en el articulado de la ley se plantea la pérdida total de valor del sistema educativo. Quizás no sea tan fácil concluir el motivo. ¿Se busca mano de obra fácil? ¿Se necesita pensar menos para que sea más fácil engullir el aspecto ideológico? ¿No nos interesa tener los institutos llenos de repetidores porque es reflejo del fracaso del sistema? Puede que por todo esto a la vez, y por más motivos. Pero más allá del motivo, se plantean medidas que demuestran la falta de fe de nuestro Estado en sus ciudadanos. Permitir la titulación con alguna suspensa, permitir el pasar de curso con demasiadas suspensas, más que actualmente (no entraré en detalle para no aburrir al lector que no esté al tanto de los detalles administrativos-educativos). Algo ocurre cuando se insiste en la ley en que el sistema laboral, en la necesidad de la inserción laboral, pero no en la excelencia como estudiantes. ¿Por qué se insiste en bajar el nivel y en la necesidad de la inserción? Parece claro. Lo absurdo: que no haya un tejido productivo que verdaderamente absorba a todos los estudiantes que van terminando sus estudios. Por tanto, concluimos, más trabajadores poco cualificados (aunque tengan título) y poco puestos de medio y alto nivel. Dicho claramente, mano de obra barata, dispuesta a no quejarse, y a trabajar en lo que sea.

Curiosamente, una vez que se trabaja dentro del centro, parece que este tiene un funcionamiento medianamente democrático, y esto es una alegría. Los departamentos deciden lo que tienen que decidir para sí mismos. El equipo educativo tiene su papel como coordinadores, gestores, controladores, pero no para imponer a los departamentos. Existe un claustro que decide sobre temas educativos. Hay un consejo educativo que Gobierna, como si de una Asamblea General fuera. Resulta, que aunque hay ciertos límites, se puede decir que la estructura vertical, jerárquica, de abajo arriba, produce un sistema muy democrático y, además, da libertad a la hora de elegir lo mejor para el centro. Sin embargo, esta ley está preparando el camino para modificar aquello que impide al Estado imponer sus decisiones en materias como la ideología de género.

Un ejemplo de lo que estamos diciendo es un apartado introducido por el Ministerio de Wert en 2013, en la revisión de la LOE, cuando pasó a llamarse LOMCE. Se añadió lo siguiente (perdonad el royo):

3. Para la consecución de los fines previstos en el artículo 2, el Sistema Educativo Español contará, entre otros, con los siguientes instrumentos: a) El Consejo Escolar del Estado, como órgano de participación de la comunidad educativa en la programación general de la enseñanza y de asesoramiento al Gobierno. b) La Conferencia Sectorial de Educación, como órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas. c) Las mesas sectoriales de negociación de la enseñanza pública y de la enseñanza concertada que se constituyan. d) El Sistema de Información Educativa. e) El Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudio, como garantía de la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación.

Para que esté claro cómo el Estado está, teóricamente, capado y no pueda obligar a ciertos aspectos, en la ley se especifíca los principales instrumentos con los que cuenta el Sistema Educativo para que los profesionales puedan, en una dialéctica de poderes, enfrentarse al Estado o beneficiarse de él. Este apartado es modificado en la ley Celáa por:

3. Para la consecución de los fines previstos en el artículo 2, el Sistema Educativo Español contará con los órganos de participación y cooperación y con los instrumentos contemplados en la normativa aplicable al efecto.

Si consideramos que es una simple simplificación de la exposición, consideramos que era innecesario, pues crearía confusión, pues para un no experto como yo, tener en el párrafo de 2013 qué instrumentos hay, me ayuda a visualizar la organización del Sistema educativo. Por tanto, en la redacción nueva vemos una intención más oscura. No explicitar en la Ley Orgánica algo así, es una forma de poder modificar al gusto dichos instrumentos, dejando la puerta abierta a jugar con ellos hasta encontrar la fórmula que más convenga al Ministerio sin que se pueda hablar de prevaricación. Hay ejemplos más sutiles, pero más oscuros también en sus consecuencias; consideramos, sin embargo, que este es muy claro y ayuda a ver el tono general de la ley.

Hemos dado, y con esto terminamos, el beneficio de la duda considerando que era una simplificación de la redacción. En ese caso concreto no lo consideramos así, pero hay otros casos en los que sí ocurre. Veamos un ejemplo y, a continuación, explicamos el absurdo y el odio que esconde. Primero cómo lo redacta la ley 2013 (LOMCE), no lo olvidemos, del PP (no la ley, sino algunas modificaciones y añadiduras):

1. Corresponde al Gobierno:

a) La ordenación general del sistema educativo.

b) La regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

c) La programación general de la enseñanza, en los términos establecidos en los artículos 27 y siguientes de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

d) La alta inspección y demás facultades que, conforme al artículo 149.1.30.ª de la Constitución, le corresponden para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos.

e) El diseño del currículo básico, en relación con los objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje evaluables, con el fin de asegurar una formación común y el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a que se refiere esta Ley Orgánica.

Así queda ahora:

1. Corresponde al Gobierno:

a) La ordenación general del sistema educativo.

b) La programación general de la enseñanza, en los términos establecidos en los artículos 27 y siguientes de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

c) La fijación de las enseñanzas mínimas a que se refiere el artículo anterior.

d) La regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

e) La alta inspección y demás facultades que, conforme al artículo 149.1.30.ª de la Constitución, le corresponden para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos.

Es una modificación absurda. No se ve aquí que se sale de este artículo alguna cosa para añadira a otro punto, pero ni quita ni pone. Aquí tenemos, al fin y al cabo, lo mismo con otras palabras. ¿Se debe a algo? ¿Hay una mejora de la redacción? ¿El Sistema educativo va a triunfar en los resultados de los informes PISA con este cambio? No. No vale para nada. Pero si no perdemos de vista la exposición de motivos, entenderemos esto.

Desde el comienzo de la exposición de motivos hay una constante referencia a la ley Wert (LOMCE), como si la LOE hubiese sido la panacea. Continuamente se dice que hay que volver a la ley de Zapatero, pero actualizándola teniendo en cuenta todo lo que se ha publicado desde entonces sobre la ideología de género, por ejemplo; lo que haría que la ley de Zapatero haya quedado obsoleta en esos temas. Así, cuando se encuentra con un punto valioso, como puede ser este de la ley Wert, no le queda más remedio que respetarlo, pero el odio que exuda la progresía institucionalizada es tal, que se ven obligados a modificar el párrafo. Pareciera que no quisiesen que hubiese palabra redactar por manos a las órdenes de un ministro de derechas.

Esta es nuestra izquierda.

 

Ángel Luis Robles

1 thought on “Ideología de género y mediocridad en la Ley Celaá. La educación en peligro.

  1. Pingback: 2climate

Comments are closed.

Scroll Up
A %d blogueros les gusta esto: